La lucha de una chilena y una española para que se reconozca su amor y su maternidad

A la pareja de lesbianas casadas en España el Registro Civil de Chile nos les reconoció el vínculo

Una pareja de dos mujeres formada por una española y una chilena contrajo matrimonio el 24 de marzo del 2012 en Barcelona pues, en aquel momento, vivían en España y querían legalizar su relación. Todo parecía ir correctamente hasta que viajaron a Chile y quisieron legalizar el matrimonio allí también. Desde ese momento comenzó un calvario que dura ya camino de ocho años.

tardeos de mirales 2025

A partir de entonces un sinfín de papeleo y de presentación de recursos para lograr que su matrimonio fuese legal. Ahora, al fin, parece que se admite a trámite el recurso por vulneración de derechos básicos.

Oscar Rementería, el portavoz del Movilh (principal asociación LGTBI en Chile), precisó que las mujeres “una chilena y una española, casadas el 24 de marzo del 2012 en Barcelona, presentaron en el Tribunal Constitucional el recurso por inaplicabilidad de inconstitucionalidad del Acuerdo de Unión Civil y de la Ley de Matrimonio”. Explicó que el hecho ocurrió “luego de que el 30 de octubre del 2019 la pareja presentara ante la Corte de Apelaciones de Santiago (de Chile) un recurso de protección contra el Registro Civil por negarles el reconocimiento del vínculo contraído en España”.

fiv madrid

VER: Padres se convierten en activistas por el matrimonio igualitario al saber que su hija es lesbiana

“Esperamos que esta admisibilidad se traduzca en un voto futuro mayoritario (para la aprobación del matrimonio), donde se reconozca que la negación del matrimonio igualitario es una vulneración a los derechos humanos más básicos, como es la igualdad ante la ley consagrada en la Constitución. El Tribunal Constitucional ya ha debatido bastante sobre esto y esperamos madurez ahora”.

VER: Se niega visado a pareja sudafricana

pareja lesbianas bebé

Rementería explicó que “se impugna el artículo 12 de la Ley 20.830 que Crea el Acuerdo de Unión Civil”. Ahí se establece que “los matrimonios celebrados en el extranjero por personas del mismo sexo serán reconocidos en Chile como acuerdos de unión civil si cumplen con las reglas establecidas en esta ley, y sus efectos serán los mismos del referido acuerdo”.

Del mismo modo, la pareja considera inconstitucional al artículo 80 de la Ley Nº 19.947 sobre matrimonio, el cual reconoce los vínculos contraídos en el extranjero “siempre que se trate de la unión entre un hombre y una mujer.”

VER: Joven asesinada en México por el portero del bar mientras celebraba su aniversario con su novia

“En el recurso ingresado al TC al pasado 14 de noviembre, las mujeres alegan que se vulneran diversos derechos como pareja y como familia homoparental, en tanto esperan un hijo tras someterse a un proceso de fertilización asistida en mayo del 2019”.

En concreto se alega vulneración a los derechos constitucionales garantizados en los artículos 1 y 19, pues la decisión del Registro Civil y las disposiciones de la Ley de matrimonio y del Acuerdo de Unión Civil, dejan “desprovista de la imprescindible protección de la familia matrimonial” a quienes se unen en el extranjero. Además se “vulnera el derecho a la identidad”, a la “protección de la identidad” y el “interés superior del niño” del “ hijo que está por nacer”.

VER: Descienden los suicidios LGTB en Dinamarca y Suecia desde la aprobación del matrimonio igualitario

 

Comparte este artículo

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio